(Comentario) Texto 3. Decreto de desamortización de Mendizabal (21-02-1836)

De Portfolio Academico

Perteneciente al temario de Historia (2012-2013)

Introducción

Este fragmento pertenece a un texto histórico jurídico de carácter publico escrito por Mendizabal el 21 de febrero de 1836 y dirigido a la regente Maria Cristina, con el fin de exponer las ventajas de desamortizar y vender las tierras municipales y eclesiásticas expropiadas.

Análisis

El texto se centra en comentar el beneficio de las desamortizaciones hacia la deuda nacional. Argumenta Medizabal que no solo supone vender las tierras a un precio justo y repartir la riqueza, sino que abre una vía de felicidad y prosperidad para la nación incentivando la industria y la circulación de bienes. Ademas, dichas desamortizaciones son la perfecta representación de los valores que supone el reinado de Isabel II.

Comentario

Antecedentes

Las desamortizaciones son una formula usada desde el reinado de Carlos III. De hecho, esta desamortización es la tercera decretada en España, después de las de los reinados de Carlos III y Carlos IV. Esta, sin embargo, fue la de mayor trascendencia social hasta el momento.

Contextualización I

El reinado de Isabel II dio comienzo en 1833, aunque la primera guerra carlista puso en duda dicho reinado. Por una parte, el bando carlista reclamaba los derechos al tono de Carlos Maria isidro, hermano de Fernando VII, que desaparecieron con la Pragmatica Sancion. Por otra parte, los isabelinos reconocian los derechos al trono de Isabel, hija de Fernando, que se le reconocieron en la Pragmatica Sancion. Fernando VII pactó antes de morir con los liberales, los cuales tambien estarian de parte de los isabelinos a cambio de matener el gobierno en sus manos durante todo el reinadeo de Isabl.

A la muerte de Fernando, Isabel era menor de edad, por lo que su madre, Maria Cristina, tuvo que sustituirla en sus funciones, siendo la Regente.

Contextualización II

Consecuentes

Conclusión y opinión